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Servidor de procesos suizo - Servicio de procesos en Suiza

Suiza Notificador

Suiza Empresa de notificación de documentos legales

De un vistazo
Estado Parte en la Convención de La Haya sobre Notificación
Sí
Parte del Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas
Sí
Parte de la Convención de la Apostilla de La Haya
Sí
Parte de la Convención Interamericana
No
 
Notificación conforme al artículo 10(a)
No
Notificación en virtud del artículo 10(b)
No
Notificación conforme al artículo 10(c)
No
Requisitos de traducción
Alemanes, Franceses o Italianos (a menos que soliciten la aceptación voluntaria del servicio).

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En Suiza, la entrega de documentos judiciales y extrajudiciales se rige por el derecho procesal suizo y también puede estar sujeto a las normas y requisitos del cantón correspondiente. Dado que Suiza tiene un sistema jurídico descentralizado, la autoridad competente, el método de entrega y los requisitos procesales aplicables pueden variar en función de la ubicación del destinatario. Conocer estos requisitos es esencial para garantizar que los documentos sean entregados correctamente y que el proceso de entrega esté debidamente documentado para su uso en los procedimientos judiciales correspondientes.

En los casos de documentos originados en Suiza y entregados en Suiza en procedimientos civiles, el servicio generalmente se efectúa conforme al marco establecido en el artículo 138 del Código de Procedimiento Civil. Código de Procedimiento Civil Suizo (CPC). El método de notificación en Suiza depende del tipo de documento que se notifique, de los requisitos procesales aplicables y de las circunstancias del caso. Los citatorios, las resoluciones y las decisiones pueden generalmente ser notificados por correo certificado o por otro método que proporcione una confirmación de recepción, mientras que puede ser necesaria la notificación personal cuando así lo indique específicamente el tribunal o la autoridad competente.

Para los documentos originados fuera de Suiza y entregados en Suiza, también deben tenerse en cuenta los requisitos del tratado internacional aplicable. En los casos en que Convenio de La Haya sobre la administración de justicia Si se aplica, el servicio se realiza generalmente de conformidad con la legislación del Estado requerido, a menos que el solicitante solicite un método específico que sea compatible con el derecho suizo. Por lo tanto, es necesario tener en cuenta los requisitos suizos aplicables, incluidos los requisitos relativos a la forma de notificación y la documentación de su cumplimiento, para garantizar que el servicio se efectúe y se acredite de manera adecuada.

Método de notificación

Cuando se necesite notificar documentos jurídicos originados fuera de Suiza, el método de notificación debe cumplir con el Convenio de La Haya sobre la Notificación en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materias Civiles o Comerciales de 1965, en el que se aplica el Convenio, junto con las disposiciones aplicables. Código de Procedimiento Civil Suizo.

El canal principal para la entrega de documentos en virtud de la Convención de La Haya es a través de la Autoridad Central del Estado requerido. En Suiza, los cantones son responsables de recibir y tramitar las solicitudes de entrega de documentos conforme al Capítulo I de la Convención, con la autoridad competente del cantón. Autoridad Central Determinado por el lugar donde debe realizarse el servicio. De acuerdo con el artículo 5, el servicio puede ser realizado de acuerdo con el método prescrito por la ley de Suiza o, cuando se solicite específicamente, mediante un método particular que sea compatible con la ley suiza.

Cuando se solicite la entrega formal de documentos de conformidad con el artículo 5(1), los documentos también deben cumplir los requisitos lingüísticos específicos de Suiza. Suiza ha declarado que, en los casos en que el destinatario no acepte voluntariamente los documentos, la entrega formal no podrá realizarse de conformidad con el artículo 5(1) a menos que los documentos estén escritos en el idioma de la autoridad a la que se dirige la notificación (alemán, francés o italiano, según la parte de Suiza en la que tenga lugar la notificación).

Esto requisito lingüístico Es una consideración importante al organizar la entrega de documentos en Suiza. El artículo 5(2) establece que si el destinatario acepta voluntariamente los documentos, el requisito de traducción formal no se aplica de la misma manera; sin embargo, si el destinatario declina aceptar la entrega, los documentos deben cumplir los requisitos lingüísticos aplicables antes de que pueda realizarse la entrega formal.

De acuerdo con el artículo 5(1)(b), el solicitante puede solicitar que los documentos se notifiquen mediante un método específico, siempre que dicho método no sea incompatible con la legislación suiza. La disponibilidad de un método específico depende por tanto tanto de la solicitud como de los requisitos procesales suizos aplicables.

Métodos alternativos de entrega

Suiza ha declarado su oposición a los medios de transmisión previstos en el artículo 10 de la Convención de La Haya sobre la Notificación de Comunicaciones. En consecuencia, los canales alternativos contemplados en el artículo 10 —incluyendo la transmisión por medios postales de conformidad con el artículo 10(a), y la transmisión directa a través de funcionarios judiciales, funcionarios u otras personas competentes de conformidad con los artículos 10(b) y 10(c)—no están disponibles para la entrega de documentos en Suiza de conformidad con esas disposiciones. Por lo tanto, las solicitudes de entrega en Suiza deben ser transmitidas a través de un canal aplicable de conformidad con la Convención, principalmente el procedimiento de la Autoridad Central de conformidad con el artículo 5, y deben cumplir con los requisitos aplicables de Suiza.

Nuestro Proceso

Los documentos pueden enviarse por correo electrónico a la dirección de nuestra sede en Estados Unidos, operations@stellarkonsulting.com o enviados por correo postal a nuestra dirección en Estados Unidos, 5101 Santa Monica Blvd Ste 8 PMB1330, Los Angeles, CA 90029, Estados Unidos, o a nuestra dirección en Australia, Level 6, 607 Bourke Street, Melbourne VIC 3000, Australia. Si se tiene preocupación por la entrega oportuna, lo más aconsejable es enviar los documentos por correo electrónico. Junto con los documentos, por favor incluya todos los detalles que tenga sobre la parte a ser notificada, en la medida en que ello sea de utilidad para que podamos localizar y notificar dicha parte de manera rápida.

También puedes subir versiones en PDF de los documentos de servicio a nuestro sitio web (haga clic aquí para comenzar).

Ubicaciones de las oficinas

Estados Unidos de América
5101 Santa Monica Blvd Ste 8 PMB1330
Los Ángeles, CA 90029
Estados Unidos
Teléfono: + 1 (213) 786 1161

Reino Unido
275 New North Road Islington 1896
Londres N1 7AA,
Reino Unido
Teléfono: +44 (20) 38905643

Australia, Nueva Zelanda y el Extremo Oriente Asiático:
Planta 6, 607 Bourke Street
Melbourne VIC 3000, Australia
Teléfono: +61 2 7259 7299

Oriente Medio y África:
FAMC1732, Edificio Compass, Al Shohada Road
Zona Industrial Al Hamra-FZ, Ras Al Khaimah
Emiratos Árabes Unidos
Teléfono: +44 (20) 38905643

Suiza’la postura sobre la Convención de La Haya sobre Notificación (Convención del 15 de noviembre de 1965)

LA HAYA / NOTIFICACIÓN FORMAL

Muchos países son partes en la Convención de La Haya sobre la Notificación, un tratado internacional que regula la transmisión de documentos judiciales y extrajudiciales para notificar en asuntos civiles o mercantiles entre los Estados contratantes, incluida Suiza. Suiza ha designado a sus autoridades cantonales como Autoridades Centrales encargadas de recibir y tramitar las solicitudes de notificación con arreglo a la Convención. Cuando una solicitud se transmite a través de la Autoridad Central, la autoridad cantonal suiza competente puede misma efectuar la notificación o concertar su ejecución a través de la autoridad o agencia apropiada de conformidad con la legislación suiza. El método de notificación dependerá de los requisitos aplicables tanto suizos como cantonales, así como de cualquier método específico solicitado en virtud del artículo 5 que sea compatible con la legislación suiza.

El artículo 5, apartado 2, permite que los documentos se entreguen a un destinatario que los acepte voluntariamente. En caso de que el destinatario no acepte voluntariamente los documentos, se debe cumplir el requisito lingüístico del artículo 5, apartado 3, de Suiza para la notificación formal con arreglo al artículo 5, apartado 1. Los documentos deben redactarse en, o acompañarse de una traducción al idioma oficial aplicable—alemán, francés o italiano—dependiendo de la ubicación en Suiza donde se debe llevar a cabo la notificación. De acuerdo con el artículo 5, apartado 1, letra b), el solicitante puede solicitar que los documentos se notifiquen mediante un método específico, siempre que dicho método no sea incompatible con la legislación suiza. La disponibilidad de un método específico depende, por tanto, tanto de la solicitud como de los requisitos procedimentales aplicables en Suiza.

El tiempo necesario para ejecutar una solicitud de entrega en Suiza puede variar dependiendo de la autoridad cantonal competente, el método de entrega y las circunstancias de la solicitud. Las solicitudes transmitidas de acuerdo con la Convención de La Haya sobre la entrega pueden tardar varias semanas o meses en procesarse y ejecutarse.

Por favor, consulte con nosotros el estado actual de Suiza como signataria de la Convención de La Haya sobre la Encomienda de Servicios o de la Convención de La Haya sobre la Prueba.

 

Servicio informal

Suiza ha declarado su oposición a los métodos de transmisión previstos en los artículos 8 y 10 de la Convención de La Haya sobre la Notificación de Comunicaciones. De acuerdo con ello, los canales alternativos contemplados en el artículo 10 —incluyendo la transmisión de documentos judiciales por medios postales de conformidad con el artículo 10(a), y la transmisión directa por parte de funcionarios judiciales, funcionarios u otras personas competentes de conformidad con los artículos 10(b) y 10(c)—no están disponibles para la notificación en Suiza de conformidad con esas disposiciones. Por lo tanto, las solicitudes de notificación deben ser transmitidas a través de un canal aplicable permitido por la Convención de La Haya sobre la Notificación de Comunicaciones y deben cumplir con los requisitos aplicables del derecho suizo.

Suiza’la postura sobre la Convención del 18 de marzo de 1970 sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Mercantil

Suiza es parte en el Convenio de La Haya de 18 de marzo de 1970 sobre la obtención de pruebas en el extranjero en asuntos civiles o mercantiles. El Convenio establece mecanismos para obtener pruebas en Suiza para su uso en procedimientos civiles o mercantiles en el extranjero, incluso mediante cartas rogatorias en virtud del capítulo I. Suiza ha designado a sus autoridades cantonales como Autoridades Centrales encargadas de recibir y tramitar las solicitudes extranjeras en virtud del capítulo I.

Suiza no tiene “leyes específicas de bloqueo”; sin embargo, ciertas disposiciones del derecho suizo pueden restringir o limitar la obtención de pruebas en Suiza para su uso en procedimientos extranjeros. Esto incluye disposiciones que protegen la soberanía territorial suiza, como los artículos 271, 273 y 299 del Código Penal suizo, así como los derechos de las partes y de terceros de no proporcionar pruebas en virtud del artículo 11 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Código Suizo de Procedimiento Civil. En consecuencia, la prueba solicitada en Suiza debería obtenerse generalmente mediante los procedimientos aplicables en virtud de la Convención de La Haya sobre la Prueba y la legislación suiza.

Transmisión de solicitudes de pruebas

De acuerdo con la Convención de La Haya sobre la Prueba, una autoridad judicial de un Estado Contratante puede solicitar a la autoridad competente de otro Estado Contratante que obtenga pruebas o realice otro acto judicial mediante una Carta de Solicitud. En Suiza, las autoridades cantonales designadas en virtud de la Convención sirven como Autoridades Centrales encargadas de recibir y tramitar las Cartas de Solicitud.

Las cartas de solicitud deben prepararse de conformidad con los requisitos de la Convención y los requisitos aplicables de Suiza. Suiza exige que las cartas de solicitud y los documentos que las acompañan se redacten en el idioma de la autoridad responsable de ejecutar la solicitud —alemán, francés o italiano, según el cantón en el que se vaya a realizar la prueba—, o que estén acompañados de una traducción al idioma aplicable. Los documentos que confirman la ejecución de la carta de solicitud se redactan en el idioma oficial de la autoridad solicitada.

Una Carta de Solicitud puede utilizarse para obtener pruebas para su uso en procesos judiciales que ya hayan comenzado o que estén a punto de iniciarse. También puede utilizarse para solicitar la realización de otro acto judicial dentro del ámbito de aplicación de la Convención. No tiene por objeto obtener pruebas que no estén destinadas a su uso en procesos judiciales. La referencia en la Convención a un “otro acto judicial” no se extiende al servicio de documentos judiciales, a la ejecución o cumplimiento de sentencias o órdenes, ni a medidas cautelares o de protección.

Los tiempos de ejecución de Letras de solicitud en Suiza varían según la autoridad cantonal competente y la naturaleza y complejidad de la solicitud. Si bien algunas solicitudes pueden completarse rápidamente, otras pueden tardar varios meses. El tiempo de ejecución estimado actual para Suiza es de hasta cuatro meses.

Por favor, no dude en mantener una conversación sin compromiso con nosotros sobre las declaraciones de Suiza sobre diversos artículos de los Convenios de La Haya.

Traducciones

Para la notificación formal de documentos de conformidad con la Convención de La Haya de 1965 sobre la Notificación de Documentos, Suiza exige que, cuando el destinatario no acepte voluntariamente los documentos, estos sean redactados en o acompañados de una traducción al idioma de los suizos la autoridad responsable del servicio. Dependiendo de la ubicación del servicio, el idioma aplicable es Alemán, francés, o italiano.

En virtud del Convenio de La Haya sobre la Recopilación de Testimonios en el Extranjero en Materia Civil o Comercial de 1970, en el capítulo I, las cartas de solicitud se aceptan si están redactadas o traducidas al idioma de la autoridad solicitante (francés, alemán o italiano), según la región de Suiza en la que se hayan de enviar.

Siempre confíe en un profesional en la traducción de documentos ya que incluso un error mínimo puede tener un impacto drástico en la ejecutoriedad legal y en el avance oportuno de un asunto.

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